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Secretaría de Estado de Comercio Exterior

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Porcino

Certificados de exportación e importación

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INTRODUCCION

La importación y exportación de carne y determinados productos del sector porcino se regula por los Reglamentos que fijan la Política Agrícola Común. La norma básica de dicha Política, en la que se apoya el régimen de certificados de importación y exportación, es la correspondiente a la Organización Común de Mercados (OCM) Agrícolas.

La OCM del sector porcino viene definida en el Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo de 22 de octubre de 2007 (DO L299 de 16/11/2007), por el que se crea una Organización Común de Mercados Agrícolas y se establecen las disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)

La carne y los productos porcinos incluidos en la OCM vienen enumerados en la parte XVII del anexo I del Reglamento y son los siguientes:

LISTA DE PRODUCTOS


Código NC
Designación de la mercancía
a) ex 0103 Animales vivos de la especie porcina doméstica, distintos de los reproductores de raza pura
b) ex 0203
Carne de animales de la especie porcina doméstica, fresca, refrigerada o congelada
ex 0206 Despojos comestibles de la especie porcina doméstica, distintos de los destinados a la fabricación de productos farmacéuticos, frescos, refrigerados o congelados
ex 0209 00 Tocino sin partes magras y grasa de cerdo sin fundir, frescos, refrigerados, congelados, salados o en salmuera, secos o ahumados

ex 0210
Carne y despojos comestibles de la especie porcina doméstica, salados o en salmuera, secos o ahumados
1501 00 11 , 1501 00 19
Manteca y otras grasas de cerdo, fundidas, incluso prensadas o extraídas por medio de disolventes
c) 1601 00
Embutidos y productos similares de carne, de despojos o de sangre; preparados alimentarios a base de estos productos
1602 10 00
Preparados homogeneizados de carne, de despojos o de sangre
1602 20 90
Preparados y conservas de hígados de cualquier animal, excepto de ganso y de pato
1602 41 10, 1602 42 10, 1602 49 11 a 16024 950
Los demás preparados y conservas que contengan carne o despojos de la especie porcina doméstica
1602 90 10
Preparados de sangre de cualquier animal
1602 90 51
Los demás preparados y conservas que contengan carne o despojos de la especie porcina doméstica
1902 20 30
Pastas alimentarias rellenas (incluso cocidas o preparadas de otra forma) que contengan en peso más de un 20 % de embutidos y similares, de carnes o de despojos de toda clase, incluidas las grasas de cualquier tipo u origen

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