¿Qué es?
Sistema de apoyo a las exportaciones españolas de bienes y servicios mediante el cual se incentiva la concesión, por parte de las entidades financieras, de créditos a la exportación a largo plazo (2 ó más años) y a tipos de interés fijos (tipos de Consenso).
El Instituto de Crédito Oficial. www.ico.es
Normativa nacional
Ley 11/1983 de 16 de agosto, sobre medidas financieras de estímulo a la exportación.
Real Decreto 677/1993, de 7 de mayo, aprobando el Reglamento de procedimiento para la concesión de apoyo oficial al crédito a la exportación mediante Convenio de Ajuste Recíproco de Intereses.
Orden ITC/138/2009, de 28 de enero, por la que se regulan diversos aspectos relacionados con la concesión de apoyo oficial al crédito a la exportación mediante convenios de ajuste recíproco de intereses (B.O.E de 4 de febrero).
Orden Comunicada, de 23 de febrero de 2009, por la que se establece el margen porcentual del convenio de ajuste recíproco de intereses (CARI) por el que se compensa a la entidad financiadora por los costes de gestión.
Normativa internacional
El Consenso OCDE establece las directrices en materia de apoyo oficial a la exportación. El objetivo de este acuerdo es eliminar distorsiones a la competencia internacional. Es decir, se trata de evitar que el apoyo oficial a la exportación se instrumente de forma que las facilidades financieras concedidas por un Estado a un exportador de su país le permitieran ofrecer unas condiciones financieras por debajo de las de mercado y, por tanto, incrementar artificialmente la competitividad de sus exportaciones.
Para España tiene rango de ley al haberse incorporado al acervo comunitario mediante una Decisión del Consejo de la CEE de 4 de abril de 1978.
Tanto el texto del Consenso OCDE como toda la información acerca del crédito a la exportación con apoyo oficial se puede consultar en la página web de la OCDE:
www.oecd.org> Trade > Export Credit > Arrangement on Officially Supported Export Credits.
(http://www.oecd.org/department/0,3355,en_2649_34171_1_1_1_1_1,00.html)
www.oecd.org> cirr rates
La diferencia entre ambos rendimientos se ajusta al término de cada período comparado. Según el resultado de este ajuste se produce un pago del ICO a la entidad financiera privada, o viceversa.
¿Quiénes intervienen en un CARI?
¿Qué características tienen los créditos a la exportación a los que se aplica el CARI?
Tipos de créditos a la exportación para los que es aplicable.
Los créditos de exportación beneficiarios del sistema CARI son los siguientes:
Conceptos financiables considerados para la formalización de un CARI.
El importe de los bienes y servicios exportados de origen español, en cuya valoración se incluyen:
El importe de los bienes y servicios extranjeros incorporados a la exportación española.
Las comisiones comerciales.
Los gastos locales.
Los intereses del crédito devengados y capitalizados durante el período de disposición del mismo, previa autorización de la Dirección General de Comercio e Inversiones (Ministerio de Industria, Turismo y Comercio).
Importes máximos financiables.
El crédito acogido al sistema CARI podrá financiar como máximo el 85% del importe de los bienes y servicios exportados (españoles y extranjeros incorporados) y de las comisiones comerciales, y hasta el 100% de los gastos locales, teniendo en cuenta las limitaciones siguientes:
Condiciones financieras
Las condiciones financieras de los créditos a la exportación a los que se aplique el CARI serán:
Existen condiciones financieras especiales para determinados sectores: aeronaves, buques, centrales nucleares y energías renovables (desde 30 de junio de 2005) y para determinados tipos de operaciones (Project finance).
Se fija en función del día que la solicitud de CARI es presentada en el registro oficial de entrada del ICO. El tipo de interés asignado a la operación estará en función de la opción elegida entre las siguientes:
El proceso de tramitación.
Para consultar los pasos a seguir en el proceso de tramitación del CARI:
http://www.ico.es/web/contenidos/6/0/1073/index?n=4.
Gobierno de España . Ministerio de Economía y Competitividad
Teléfono 902 446 006 | 91 349 46 40